Las empresas están obligadas a pagar cuotas de IMSS por varios conceptos o ramas. Todas las empresas usan las mismas tasas para calcular estas cuotas, excepto por una: la prima de riesgo de trabajo.
Esta prima depende del riesgo al que se expongan los empleados. A mayor riesgo de accidentarse en el trabajo, mayor es la prima y por lo tanto mayor es la cuota que debe pagar la empresa. Tratándose de empresas nuevas, el IMSS les asigna una prima de riesgo inicial de acuerdo a una tabla donde la clase a que pertenece la empresa depende de sus actividades.
Las clases tienen números romanos de I a V, donde I es la de menos riesgo y V es la de más riesgo, como se muestra en la siguiente tabla:
Para los años posteriores, se debe recalcular la prima en base a las incapacidades de tipo accidente de trabajo y enfermedad de trabajo que hayan tenido los empleados.
Hay una fórmula para calcular la nueva prima de riesgo en base a incapacidades temporales, incapacidades permanentes, defunciones, cantidad de empleados y la prima del año anterior. La prima del año anterior se usa para regular los cambios de un año a otro, tal que lo máximo que puede cambiar es 1%. La cuota mínima es 0.5%.
Ejemplo
Una empresa clase V en su primer año pagará la cuota con una prima de 7.58875%, de acuerdo a la tabla. Aunque no tuviera ningún accidente en el año, para su segundo año la empresa sólo puede reducir 1%, quedando en 6.58875%.
En empresas que tienen muchos empleados, disminuir 1% su cuota de IMSS puede representar montos considerables. Ésta es una de las motivaciones para prevenir accidentes.
Importante
El proceso de cálculo de prima de riesgo se realiza una vez al año, durante febrero, para tomar la nueva prima como vigente a partir del día 1ero de marzo.
Marco legal
- Artículos 72 y 74 de la Ley del Seguro Social publicado en el Diario Oficial de la Federación del 20 de diciembre de 2001
- Artículo 32 del Reglamento de la Ley del Seguro Social en Materia de Afiliación, Clasificación de Empresas, Recaudación y Fiscalización, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 1ero de noviembre de 2002